Categorías de EPI (I, II y III): Guía Técnica de Clasificación según el Reglamento (UE) 2016/425
Los Equipos de Protección Individual (EPI) son el bastión principal en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL), por lo que la elección de cada uno de los equipos deben estar condicionada al grado de riesgo a los que los operarios están expuestos, así como. Este riesgo se determina con la evaluación de riesgo realizada por un técnico de prevención. De ahí que el sistema de seguridad europeo ha establecido una jerarquía de protección dividida en tres categorías: I, II y III.
Comprender esta clasificación es vital para directores de compras, técnicos de prevención y empresarios, ya que la categoría del EPI define no solo el nivel de seguridad física, sino también el procedimiento legal de certificación y las obligaciones de mantenimiento posterior. Un error en la identificación de la categoría puede derivar en la adquisición de equipos no aptos para riesgos mortales o, por el contrario, en un sobrecoste para la empresa. En esta guía técnica de Sekureco.eu, analizamos en profundidad qué define a cada categoría y cómo el Reglamento (UE) 2016/425 garantiza que cada equipo cumpla su promesa de protección.
Explicación técnica sobre categorías de EPI: Los tres pilares del Anexo I
La clasificación de los EPI no depende del producto en sí (por ejemplo, un "guante"), sino del riesgo específico contra el cual protege. Un guante puede ser Categoría I si es para limpieza doméstica o Categoría III si es para manipular productos químicos altamente tóxicos.

Categoría I: Riesgos mínimos (Autocertificación)
Los EPI de Categoría I están diseñados para proteger contra riesgos cuyas consecuencias son leves y de efectos reversibles. El fabricante asume la responsabilidad total de la conformidad mediante el Módulo A (Control de producción interno).
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Riesgos cubiertos: agresiones mecánicas superficiales, contacto con productos de limpieza poco agresivos, contacto con superficies calientes que no excedan los 50°C, lesiones oculares por luz solar (no relacionadas con observación solar directa) y condiciones atmosféricas que no sean extremas.
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Certificación: el fabricante redacta la Declaración UE de Conformidad y coloca el marcado CE por sí mismo. No requiere la intervención de un laboratorio externo (Organismo Notificado).
Categoría II: Riesgos intermedios
En esta categoría se incluyen todos los equipos que no encajan en la I ni en la III. Aquí, el riesgo es significativo pero no necesariamente mortal de forma inmediata o irreversible.
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Riesgos cubiertos: la mayoría de los riesgos mecánicos (cortes, abrasión, perforación), impactos y proyecciones de partículas.
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Certificación (Módulo B): es obligatorio realizar un Examen UE de Tipo. Un Organismo Notificado debe evaluar el prototipo del EPI y certificar que cumple con las Normas EN correspondientes antes de que pueda venderse con el marcado CE.
Categoría III: Riesgos de consecuencias graves o muy graves
Es el nivel de protección crítico donde los equipos deben proteger contra peligros que pueden causar la muerte o daños irreversibles a la salud.
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Riesgos cubiertos: sustancias químicas peligrosas, mezclas biológicas nocivas, radiaciones ionizantes, entornos de alta temperatura (aire a más de 100°C), entornos de baja temperatura (aire a -50°C o menos), caídas desde altura, descargas eléctricas y trabajos en tensión, y —tras la actualización del Reglamento— el ruido nocivo.
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Certificación (doble control): Además del Examen UE de Tipo (Módulo B), el fabricante debe someterse a uno de estos dos controles adicionales:
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Módulo C2: control de los productos mediante pruebas aleatorias realizadas por el Organismo Notificado.
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Módulo D: auditoría anual del sistema de aseguramiento de la calidad del proceso de producción (similar a una ISO 9001 específica para EPI).
Identificación clave: El marcado de un EPI de Categoría III siempre va acompañado de un código de cuatro dígitos (ej. CE 0123), que identifica al organismo responsable del control de calidad.
Cuándo se usa cada categoría de EPIs: escenarios industriales
La elección de la categoría viene dictada por la Evaluación de Riesgos del puesto de trabajo.
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Uso de Categoría I: labores de limpieza general, jardinería sin herramientas motorizadas de corte, o logística en exteriores con buen clima (gafas de sol profesionales).
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Uso de Categoría II: construcción general, talleres mecánicos, carpintería, montaje industrial y cualquier entorno donde existan riesgos de impacto, aplastamiento o cortes mecánicos estándar.
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Uso de Categoría III: es imperativo en:
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Trabajos en altura: uso de arneses, conectores y líneas de vida (EN 361, EN 358).
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Espacios confinados: Equipos de respiración autónoma o mascarillas con filtros químicos específicos (EN 149, EN 405).
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Industria química: trajes de protección tipo 1 a 6 (EN 14605, EN ISO 13982).
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Entornos eléctricos: guantes dieléctricos para alta tensión.
Categorización de EPIs y su normativas en Sekureco
Para ayudar a los profesionales en la selección, en Sekureco.eu categorizamos nuestros productos siguiendo estos estándares:
EPIs de Categoría I
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Producto: Guantes textil TEGERA 104 para manipulación ligera.
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Norma: EN ISO 21420. Destinados a evitar suciedad o rozaduras mínimas.
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Producto: Gafas de seguridad incoloras 3M.
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Norma: EN 172. Filtro solar para uso industrial sin riesgos de impacto.
EPIs de Categoría II
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Producto: Casco con tecnología MIPS OREKA II Irudek.
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Norma: EN 397. Protegen contra impactos mecánicos.
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Producto: Calzado de seguridad S3 SRC Jalas.
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Norma: EN ISO 20345. Puntera de protección y resistencia a la perforación.
EPIs de Categoría III
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Producto: Arnés anticaídas de 2 puntos de anclaje.
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Norma: EN 361. Crítico para la supervivencia en trabajos de altura.
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Producto: Orejeras electrónicas de protección auditiva.
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Norma: EN 352. El ruido es un riesgo de daño irreversible (sordera profesional).
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Producto: Guantes de protección química de Nitrilo.
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Norma: EN ISO 374-1. Clasificados por letras (A, B, C) según el tiempo de paso de los químicos.
En Sekureco.eu, entendemos la responsabilidad que implica el suministro de equipos de protección en Europa. Por eso, nuestro catálogo está meticulosamente organizado para que encuentres desde los EPI básicos de Categoría I hasta los sistemas más complejos de Categoría III, todos con sus correspondientes certificados de conformidad actualizados según el Reglamento (UE) 2016/425.
Explora nuestros productos de productos certificados para entorno de trabajo aquí.
Preguntas Frecuentes sobre Categoría I, II y III de EPI
¿Puede un mismo producto ser Categoría II y Categoría III?
No simultáneamente para el mismo riesgo, pero un producto puede evolucionar de categoría si se le añaden funciones. Por ejemplo, una bota de seguridad es Categoría II por impacto, pero si además tiene propiedades de aislamiento eléctrico frente a alta tensión, todo el conjunto debe certificarse como Categoría III.
¿Por qué la protección auditiva pasó de Categoría II a Categoría III?
Con la entrada del Reglamento (UE) 2016/425, la UE reconoció que la pérdida de audición es un daño irreversible y muchas veces indetectable hasta que es demasiado tarde. Por ello, se elevó el nivel de exigencia en la fabricación y control de tapones y orejeras.
¿Cómo puedo verificar si un EPI de Categoría III es auténtico?
Busque el número de 4 dígitos junto al marcado CE. Puede consultar en la base de datos NANDO de la Comisión Europea si ese número corresponde a un Organismo Notificado autorizado para certificar ese tipo específico de EPI.
¿La ropa de alta visibilidad en qué categoría entra?
Generalmente, la ropa de alta visibilidad (EN ISO 20471) se clasifica como Categoría II, ya que el riesgo (ser atropellado por falta de visibilidad) se considera intermedio, a menos que esté integrada en un traje de bomberos o protección química (Categoría III).
¿Qué documentación debe acompañar a un EPI de Categoría III?
Es obligatorio que incluya el folleto informativo del fabricante en el idioma del usuario, detallando los niveles de protección, la caducidad y el método de revisión anual obligatoria.